CAMBIOS EN LOS PROCESOS DE PERDONES CONSULARES
El gobierno anunció el primer día de año la confirmación y las nuevas regulaciones que modifican la denominada Ley del Castigo o Ley de los 10 años, que permitirán a algunos inmigrantes indocumentados iniciar parte de su proceso de cambio de estatus migratorio antes de salir del país.
Hoy en día, un pariente directo de un ciudadano o residente legal, ya sea padres o cónyuge, puede obtener sus papeles fuera del país pidiendo un perdón (exención o “waiver”). Esta remueve el castigo al que todo indocumentado es sometido: la prohibición de volver al país por un tiempo. Si la persona estuvo en Estados Unidos por más 180 días y menos de 365, entonces la prohibición a regresar a los E.U. es de 3 años. Si se quedó por más de un año entonces el castido es de 10 años. Para este castigo de 10 años si hay perdón. Si la persona estuvo en los E.U. por cierto tiempo sale y regresa ilegalmente, y vuelve y sale despues de haber acumulado mas de un año de presencia ilegal en lo agregado y vuelve a regresar ilegalmente está sujeto al castigo permanente que es un castigo de 10 años para el que no hay perdón hasta que pase 10 años fuera del país.
Esa es la razón por la que muchos no se toman el riesgo a salir. Si salen, y les niegan el perdón corren el riesgo de quedarse fuera por 10 años. El sistema ha sido ampliamente criticado, por su burocracia y falta de claridad en el proceso. Sin embargo, la Administración está abriendo una ventana de cambio para aliviar la separación prolongada que deben enfrentar las personas que entran en el proceso.
Con las nuevas regulaciones, el indocumentado podrá radica el perdón aquí en los Estados Unidos y espera el resulatado aquí tambien. Una vez tenga el perdón provisional en mano, deberá viajar a su país de origen para recoger sus papeles. Uno de los requisitos que no ha cambiado es el de probar que la ausencia de la persona indocumentada expone al ciudadano a una situación de “dureza extrema”. USCIS tiene una lista de documentos que se deben presentar para probar esto, como por ejemplo, el impacto financiero, físico y emocional entre otros. Lamentablemente no existe una definición concreta de este concepto de “dureza extrema”, ni una directriz clara de cómo aplicarlo. Todo se ve de caso a caso.
El costo de los perdones consulares seguirá siendo el mismo: $ 585.00 dólares. Este proceso de perdón provisional solo esta disponible para aquellos que requieren perdón por presencia ilegal y ninguna otra razón. Para calificar la persona debe estar presente en los E.U. al momento de radicar la solicitud de perdón provisional y estar presente para tomarse las huellas dactilares; ser beneficiario de una petición de visa I-130 ya aprobada; haber pagado las cuotas de procesamiento consular de visa con el Depratamento de Estado; y obviamente demostrar que el esposo/a o sus padres (no hijos) sufrirán un infortunio extremo si no se le permite reingresar al país.
No califican para perdones consulares las personas que tienen delitos o deportaciones, si el solicitante es menor de 17 años, si el solicitante no tiene un proceso consular ya iniciado con el Departamento de Estado basado en la aprobación de visa como familiar inmediato de un ciudadano Americano, si el solicitante ya tiene cita consular que fue programada antes de Marzo 3 (fecha de inicio del programa) aún si la cita se cancela o postpone, si el solicitante está en procedimiento de deportación a menos qu, el caso sea terminado en la corte o cerrado administrativamente entre otros. El servicio de inmigración indica que pueden requerir que el ciudadano Americano comparezca a una entrevista en los E.U.
No hay apelación o mociones para reabrir una negación. Los perdones consulares no toman efecto hasta que el extranjero: salga de los E.U., comaparezca a una entrevista en la embajada o consulado Americano y hasta que un oficial consular determine que el solicitante califica después que el perdón provisional ya fue adjudicado. El perdón puede ser revocado en la entervista que la persona es inelegible para el perdón o que no califica para el perdón, si la visa es revocada o retirada por parte del peticionario, o si el solicitante trata de entrar o entra a los E.U. ilegalmente sin haber sido admitido.
Sin duda, es un paso inmenso para mantener a las familias unidas. Pero necesitamos más. Esta decisión del gobierno, se suma a modificaciones importantes en el campo migratorio realizadas el año pasado, que incluyen tanto las nuevas guías para la aplicación de discreción procesal, como la revisión de más de 300 mil casos pendientes de deportaciones y DACA.
Hay que tener mucho cuidado con los notarios ya que no todos califican para el perdón. Deje que un abogado con experiencia haga los calculos de su presencia ilegal para determinar si usted califica para el perdón provisional.
Puede contactar la oficina del abogado Raed Gonzalez para mayor información o empezar algún proceso migratorio o mas información acerca de los perdones consulares
excelente información abogado http://www.11-11media.com